Con el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, sobre medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda publicado el 2 de diciembre de 2008, que entró en vigor el día siguiente (1), se confirman las medidas aprobadas en el Consejo de Ministros del pasado 8 de noviembre, que fueron anunciadas en su día en este Blog.
Entre las diferentes medidas adoptadas, destacamos las siguientes:
- La reducción de dos puntos de las retenciones de los contribuyentes que estén pagando una hipoteca, que se concreta como sigue:
o Cuando la cuantía de las retribuciones computables a efectos de retenciones sea inferior a 33.007,20 euros y el contribuyente comunique a su pagador que destina cantidades para la adquisición de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que tenga derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, el tipo de retención se reducirá en dos enteros.
o Los contribuyentes a los que sea de aplicación la citada deducción y realicen pagos fraccionados podrán deducirse en los mismos entre el 0,5 y 2 por cien con ciertas limitaciones.
- La ampliación del plazo para disponer del saldo de las cuentas vivienda y para vender la vivienda habitual cuando previamente se haya adquirido otra, que se materializa de la siguiente manera:
o Los saldos de cuentas vivienda que gocen de la deducción por inversión en vivienda habitual existentes al vencimiento del plazo de cuatro años desde su apertura y que por la finalización del citado plazo debieran destinarse a la primera adquisición de vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 30 de diciembre de 2010, podrán destinarse a dicha finalidad hasta el 31 de diciembre de 2010 sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.
o En los casos en los que se adquiera un nueva vivienda previamente a la transmisión de su vivienda habitual y dicha adquisición hubiera tenido lugar durante los ejercicios 2006, 2007 y 2008, el plazo de los dos años para disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual se amplía hasta el 31 de diciembre de 2010.
Con estas medidas se ayuda a las familias españolas a afrontar la crisis económica con menos dificultades de las que actualmente tiene, pero estamos a la espera de nuevas normas en materia fiscal que reactiven la economía española para superar cuanto antes la difícil situación económica en la que nos encontramos.
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(1) Las normas relativas a los nuevos tipos de retención y pagos fraccionados serán de aplicación a partir de 1 de enero de 2009.

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